Tienen derecho a obtener el Título de las Enseñanzas Profesionales de música y danza a los alumnos / as que superen con éxito los estudios correspondientes al último curso de las Enseñanzas Profesionales de una especialidad de música o de danza según la legislación vigente y que se encuentren en alguno los casos siguientes.

  • Alumnos oficiales de Enseñanzas Profesionales de música y danza de los conservatorios profesionales del ámbito de las Islas Baleares.

  • Alumnos oficiales de las Enseñanzas Profesionales de música y danza de los centros privados autorizados (para las E.Professionales).

Tasa por la expedición de títulos académicos, diplomas y certificados oficiales

(Artículos 95 a 99 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificados por el artículo 14 de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública, por el artículo7 de la Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, por el apartado 9 de la disposición final tercera de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2009; por el apartado 13 de la disposición final cuarta de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2014, y en el apartado 6 de la disposición final segunda de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2017)

Para solicitar la expedición del título correspondiente a las enseñanzas profesionales de música o de danza


Para solicitar la expedición del Título de las Enseñanzas Profesionales se debe rellenar el formulario de solicitud y realizar el pago de la tasa correspondiente al servicio en línea de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares. Acceda al pago mediante el botón correspondiente según corresponda a su categoría de familia. Las familias numerosas especiales están exentas del pago (deben justificar la condición con fotocopia del carnet o libro expedido por el organismo competente, en la Secretaría del Conservatorio).

Una vez realizado el pago se ha de enviar una copia del mismo, y una fotocopia del DNI, a la dirección de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) (y, en su caso, justificación de familia numerosa) y el Conservatorio comenzará los trámites para la expedición del Título.

Solicitar Título Enseñanzas Profesionales

Realizar el pago familia ordinaria

Realizar el pago familia numerosa general

Para la entrega del Título el solicitante (o el padre, madre o tutor / a) debe acreditar su identidad con el DNI.

Si la persona que ha de recoger el Título no es ninguno de los anteriores tiene que presentar una autorización (enlace de abajo) firmada por el interesado (o el padre, madre si es menor de edad).

Enlace autorización recogida

Exenciones y bonificaciones

  1. Los miembros de familias numerosas tienen derecho a la exención oa la bonificación de la tasa que, de acuerdo con su categoría, les corresponda según las disposiciones vigentes, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la solicitud licitud.

  2. Las personas que soliciten la reexpedición de cualquier título, diploma o certificado oficial con motivo de la rectificación de la mención del sexo en el registro civil están exentas del pago de la tasa, siempre que esta situación se acredite documentalmente. Esta exención también es aplicable respecto de la reexpedición de cualquier título, diploma o certificado oficial previstos en el resto de capítulos de este título V llevada a cabo por la conselleria competente en materia de educación.

  3. Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, así como el cónyuge y los hijos, tienen derecho a la exención total de la tasa, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la solicitud. Esta condición deberá acreditarse mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos, también se presentará el libro de familia.

  4. Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% están exentas del pago de la tasa, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la solicitud.

  5. Las víctimas de violencia de género, así como los hijos dependientes, tienen derecho a la exención total de la tasa, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la solicitud. Esta condición se acreditará mediante cualquiera de los documentos previstos por la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también se presentará el libro de familia.

Contacto

Conservatori Professional de Música i Dansa de Mallorca

C/Alfons el Magnànim n64. Palma de Mallorca
T.971763444 | administracio1@conservatoridemallorca.com